Condiciones Generales de Contratación
CONDICIONES GENERALES y ESPECIALES
A los efectos de las presentes Condiciones Generales, el programa/folleto/presupuesto es el documento informativo al que éstas se incorporan. El programa/oferta es la descripción del combinado contenida en el programa/folleto/presupuesto que constituye el objeto del contrato de viaje combinado. En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente reguladora del viaje combinado, se comunica que los cambios que operen en la información contenida en el presente programa/folleto/presupuesto se comunicarán claramente por escrito al consumidor antes de la celebración del contrato. Del mismo modo, la información contenida en el presente programa/folleto/presupuesto no será vinculante para la mayorista o minorista en el caso en el que las modificaciones sean posteriores y exista previo acuerdo por escrito entre las partes contratantes.
1. Regulación jurídica aplicable al contrato de viaje combinado y aceptación de las Condiciones Generales.
Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Libro Cuarto del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, a la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación, a la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico y Real Decreto-Ley 23/2018, de 21-12-2018, de transposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viaje vinculados.
Las presentes Condiciones Generales se incorporarán a todos los contratos de viajes combinados cuyo objeto sean los programas/ofertas contenidos en el programa/folleto/presupuesto y obligan a las partes, con las condiciones particulares y/o especiales que se reflejen en este documento y/o que se pacten en el contrato y/o que consten en la documentación del viaje facilitada simultáneamente a la suscripción del contrato. Se entenderán como revisadas, conocidas y aceptadas estas condiciones, por parte del cliente, directamente o a través de su representante, y como aceptado el contrato de viaje combinado, en todos sus términos, aun en el supuesto caso de que el cliente no pudiera o no quisiera plasmar su firma cuando le sea presentado, desde el momento en que los clientes, o su representante, efectúen el depósito a cuenta para comenzar o continuar con las gestiones de reserva de los servicios ofertados en el programa/folleto/presupuesto que se acepta al efectuar el depósito.
2. Organización.
La organización de alguno de estos viajes combinados ha sido realizada por https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/ bajo la licencia de la agencia VIAJES Y
PROYECTOS EDUCATIVOS S.L CON CIF B88269725 y con domicilio en C/ SAN ANDRES 39 2º B , reconocida su condición de agencia de viajes minorista, estando inscrita en el Registro Mercantil de Madrid en el Tomo: M38683 Libro 0 Folio 92 Sección 8 Hoja: M687821.
El usuario podrá contratar viajes combinados, así como otros servicios, suministrándose por parte de VIAJES Y PROYECTOS EDUCATIVOS S.L y https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/ la información relativa a dichos servicios, si bien la organización técnica de otra parte de los viajes combinados y la formalización de reservas serán realizados por las agencias mayoristas, compañías aéreas, y, en general, los prestatarios de los servicios que en su caso correspondan, limitándose la responsabilidad de VIAJES Y PROYECTOS EDUCATIVOS S.L y https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/ a las obligaciones que legalmente le son atribuidas, en sus calidades de agencia minorista de viajes.
3. Precio.
El precio del viaje combinado ha sido calculado en base a los tipos de cambio, precios de los proveedores, tarifas de transporte, coste del carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha de publicación del programa/folleto que ocurre en el mes después al comienzo del curso escolar. Cualquier variación del precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje, tanto al alza como a la baja, en los importes estrictos de las variaciones de precio aludidas. Las tarifas aéreas cotizadas están sujetas a revisión por parte de la compañía aérea y a su vez puede existir un número limitado de plazas para grupos en la tarifa cotizada, en base a esa disponibilidad y situación de los vuelos. Cualquier variación en estas cotizaciones supondrá un inmediato ajuste en los precios del sitio web. Estas modificaciones serán notificadas al consumidor, por escrito o por cualquier medio que permita tener constancia de la comunicación efectuada, pudiendo, cuando la modificación efectuada sea significativa, desistir del viaje, sin penalización alguna, o aceptar la modificación del contrato. En ningún caso, se revisará al alza en los veinte días anteriores a la fecha de salida del viaje, respecto de solicitudes ya realizadas.
3.1. El precio del Viaje Combinado incluye:
3.1.1. El transporte de ida y regreso, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado, en el tipo de transporte, características y categoría (generalmente turista) que conste en el contrato o en la documentación que se entrega al consumidor en el momento de suscribirlo. En el caso de transporte en autobús, los precios incluyen los descuentos especiales que pueda haber en grupos de estudiantes, como la reducción de los impuestos que los autobuses deben abonar en ciertas ciudades, especialmente de Italia (ZTL), estando obligado el centro de estudios a facilitar con 15 días de antelación los documentos que le sean requeridos.
3.1.2. El alojamiento, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado, en el establecimiento y régimen alimenticio que figura en el contrato o presupuesto o itinerario o en la documentación que se entrega al consumidor en el momento de suscribirlo, o en otros establecimientos similares en caso de sustitución.
3.1.3. Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros (no confundir con las tasas o impuestos de los ayuntamientos donde se ubican los establecimientos hoteleros).
3.1.4. Los impuestos indirectos (I.V.A., I.G.I.C.) cuando éstos sean aplicables.
3.1.5. La asistencia técnica durante el viaje (guía o equipo de monitores acompañantes), cuando este servicio esté específicamente incluido en el programa/oferta contratado. Todos los programas y presupuestos para grupos de estudiantes indican las plazas gratis incluidas para profesores, padres o tutores como asistentes.
3.1.6. Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente y literalmente como incluidos en el programa/oferta contratado.
3.1.7. Todo aquello que expresamente se haga constar en el contrato del viaje combinado.
3.2. Ofertas especiales.
Cuando se realice la contratación del viaje combinado como consecuencia de ofertas especiales, de última hora o equivalentes, a precio distinto del expresado en el programa/folleto, los servicios comprendidos en el precio son únicamente aquellos que se especifican detalladamente en la oferta especial o de última hora, aun cuando dicha oferta haga referencia a alguno de los programas descritos en https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/, siempre que dicha remisión se realice a los exclusivos efectos de información general del destino.
3.3. Exclusiones:
3.3.1. El precio del Viaje Combinado no incluye: Visados, tasas de aeropuerto (excepto si se indican como incluidas) y/o tasas de entrada y salida, city tax o tasas de alojamiento (soggiorno, etc…), certificados de vacunación, “extras” tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales, ni siquiera en los supuestos del régimen del Todo Incluido, Pensión Completa o Media Pensión -salvo que expresamente se pacte en el contrato otra cosa, lavado y planchado de ropa, servicios de hotel opcionales, tramitación de posibles reclamaciones a hoteles, compañías aéreas, compañías aseguradoras, a otros proveedores y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado “El precio del viaje combinado incluye” o no conste literal y específicamente detallado en el programa/oferta, en el contrato o en la documentación que se entrega al consumidor al suscribirlo.
3.3.2. Excursiones o visitas facultativas.
En el caso de excursiones o visitas facultativas que se contraten en destino, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de viaje combinado. Su publicación
en https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/ tiene mero carácter informativo y el precio que está expresado debe considerarse “estimado”. Por ello, en el momento de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse variaciones sobre sus costes, que alteren el precio estimado. Por otra parte, dichas excursiones serán ofrecidas al consumidor con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el momento de su contratación la posible realización de las mismas.
4. Forma de Pago. Inscripciones y reembolsos.
En el acto de la inscripción, https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/ podrá requerir un anticipo de 80 € expidiendo el correspondiente recibo en el que se especifique, además del importe anticipado por el consumidor, el viaje combinado solicitado. Podrán solicitarse otras entregas de dinero, antes del último pago, dependiendo de las condiciones de los proveedores del viaje combinado.
El importe restante deberá abonarse contra la entrega de los bonos o documentación del viaje, que deberá realizarse hasta los 15 días antes de la fecha de salida. De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se entenderá que el consumidor desiste del viaje solicitado, siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado siguiente. En el supuesto de que antes de la celebración del contrato el Organizador se vea imposibilitado de prestar alguno de los servicios solicitados por el cliente (incluido el precio), deberá serle comunicado al consumidor (directamente o a través de una Agencia Minorista intermediaria), el cual podrá renunciar a la solicitud recuperando exclusivamente las cantidades anticipadas si las hubiere. Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto se formalizarán siempre a través de https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/, si el viaje se contrata directamente, o de la Agencia Minorista detallista intermediaria donde se hubiera realizado la inscripción, no efectuándose devolución alguna por servicios no utilizados voluntariamente por el consumidor.
5. Desistimiento del consumidor, Cesiones y Cancelación del viaje por no alcanzar el número de personas inscritas el mínimo previsto:
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, tanto si
se trata del precio total como del anticipo previsto en el apartado precedente, pero deberá indemnizar a la Agencia VIAJES Y PROYECTOS EDUCATIVOS S.L, directamente o a través de https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/ , por los conceptos que a continuación se indican:
a) En el caso de servicios sueltos: La totalidad de los gastos de gestión, más los gastos de anulación, si se hubieran producido éstos últimos.
b) En el caso de viajes combinados y salvo que el desistimiento se produzca por causa de fuerza mayor:
5.1. Una penalización, del 25% de la facturación total del viaje de gastos de gestión por persona más los gastos de anulación, si los hubiere
5.2 La anulación producida en los 15 días anteriores a la fecha de inicio supondrá la pérdida del 100% de lo pagado.
De no presentarse a la hora prevista para la salida, no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo entre las partes en otro sentido. Se entenderán como causas de fuerza mayor, que eximirán al consumidor de su responsabilidad, fallecimiento, enfermedad grave o accidente del asegurado, cónyuge, hijos, padres o hermanos que le impida viajar. Cuando concurran alguna de las anteriores causas y el consumidor desista, habrá de comunicar tal circunstancia a la Compañía aseguradora para hacer efectiva la cobertura del seguro de anulación en caso de que el cliente hubiera contratado este Seguro o que esté incluido en el programa.
5.3. Condiciones Especiales: en el caso de que alguno de los servicios contratados y anulados estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como flete de aviones, buques, tarifas especiales, mínimo de participantes indicado en la oferta o presupuesto particular, etc… los gastos de anulación por desistimiento, incluso por causa de fuerza mayor, serán los acordados por las partes, y en su defecto, los expresamente establecidos para el producto/servicio contratado que, especialmente en el caso de centros de estudios que han aceptado un precio con un número concreto y mínimo de participantes, incluirán el % de gastos de la compañía aérea y el coste prorrateado por viajero de pago de los servicios y costes comunes: el precio de la plaza de bus, el coste salarial de los guías, el coste de los hoteles y comidas de los guías, el coste de los hoteles y dietas de los chóferes, el coste de los hoteles de los profesores o monitores que no sean gratis, las plazas de avión de guías y profesores o monitores que no sean gratis, las tasas de aeropuerto de guías y profesores o monitores, las tasas de alojamiento o city tax de guías, choferes y profesores o monitores, los billetes barco o entradas de guías y profesores o monitores no gratis, el suplemento de habitación individual de guías y profesores o monitores, el seguro de viaje de profesores o monitores y guías, en general, el coste de un servicio común que deban soportar los alumnos, o que no tenga reembolso una vez reservado y/o pagado por VIAJES Y PROYECTOS EDUCATIVOS S.L El consumidor del viaje combinado podrá ceder su reserva a una tercera persona, comunicándolo por escrito con quince días de antelación a la fecha del inicio del viaje. Tal cesión no sería posible cuando concurra causa suficiente. El cesionario tendrá que reunir los mismos requisitos que tenía el cedente, exigidos con carácter general para el viaje combinado, y ambos responderán solidariamente ante la Agencia de Viajes Halcón y https://old.respiraocio.com/viajesfin-de-curso/ del pago del precio del viaje y de los gastos adicionales justificados de la cesión.
En los casos que el Organizador condicione la viabilidad de la oferta a contar con un mínimo de participantes, y así lo especifique expresamente en un presupuesto o en una oferta
en https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/, en que se inscriben plaza a plaza los interesados, desde diversos centros de estudios, y por no alcanzarse ese número, se produzca
la anulación del viaje, el usuario tendrá derecho exclusivamente al reembolso del total del precio o de las cantidades anticipadas, sin que pueda reclamar cantidad alguna en concepto de indemnización, siempre y cuando la Agencia se lo haya notificado por escrito con un mínimo de diez días de antelación a la fecha prevista de inicio del viaje.
6. Alteraciones.
La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa/oferta que ha dado origen al contrato de viaje combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos:
a) En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el Organizador se vea obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato deberá ponerlo
inmediatamente en conocimiento del consumidor.
b) En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, el consumidor podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte al Detallista o, en su caso, al Organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación a que se refiere el apartado a).
En el supuesto de que el consumidor no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.
c) En el supuesto de que el consumidor opte por resolver el contrato al amparo de lo previsto en el apartado b), o de que el Organizador cancele el viaje combinado antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo que no le sea imputable al consumidor, éste tendrá derecho, desde el momento en que se produzca la resolución del contrato, al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el Organizador o el Detallista
pueda proponérselo. En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el Organizador o Detallista deberá rembolsar al consumidor, cuando proceda, en función de las
cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato.
d) En los anteriores supuestos, el Organizador y el Detallista serán responsables del pago al consumidor de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento del
contrato, que será del 5 por cien del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y quince días inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el 10 por cien si se produce entre los quince días y tres días anteriores; y el 25 por cien en el supuesto de que el incumplimiento citado se produzca en las cuarenta y ocho horas anteriores.
e) No existirá obligación de indemnizar en los siguientes supuestos:
Cuando la cancelación se deba a que el número de personas inscritas para el viaje combinado sea inferior al exigido y así se comunique por escrito al consumidor antes de la fecha límite fijada a tal fin en el contrato.
Cuando la cancelación del viaje, salvo en los supuestos de exceso de reservas, se deba a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las
invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
f) En el caso de que, después de la salida del viaje, el Organizador no suministre o compruebe que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato, adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del viaje organizado, sin suplemento alguno de precio para el consumidor, y, en su caso, abonará a éste último el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas. Si el consumidor continúa el viaje con las soluciones dadas por el Organizador, se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas.
g) Si las soluciones adoptadas por el Organizador fueran inviables o el consumidor no las aceptase por motivos razonables, aquél deberá facilitar a éste, sin suplemento alguno de
precio, un medio de transporte equivalente al utilizado en el viaje para regresar al lugar de salida o cualquier otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda.
h) En caso de reclamación, detallista y organizador deberán obrar con diligencia para hallar soluciones adecuadas.
i) En ningún caso, todo aquello no incluido en el contrato de viaje combinado (como, por ejemplo, billetes de transporte desde el lugar de origen del pasajero hasta el lugar de salida
del viaje, o viceversa, reservas de hotel en días previos o posteriores al viaje, etc.) será responsabilidad del Organizador. Si los traslados/asistencia del hotel-aeropuerto o viceversa,
u otros similares, incluidos en la oferta, no se cumpliesen, fundamentalmente por causas ajenas al transferista y no imputables al Organizador, éste reembolsará únicamente el
importe del transporte alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento, previa presentación del recibo o factura correspondiente.
Obligación del consumidor de comunicar todo incumplimiento de la ejecución del contrato.
El consumidor está obligado a comunicar fehacientemente todo incumplimiento en la ejecución del contrato inmediatamente, “in situ”, primero al prestador del servicio y al
representante del Organizador en destino según consta en la documentación del viaje o, de no ser posible, en otro caso, a la mayor brevedad por escrito o en cualquier otra forma en
que quede constancia, al organizador. En el caso de que las soluciones arbitradas por los intervinientes citados en el párrafo anterior no sean satisfactorias por el consumidor, éste
dispondrá del plazo de un mes para reclamar ante el organizador, siempre a través de https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/. El Organizador dispondrá de cuarenta y
cinco días naturales para dar respuesta a la reclamación planteada por el consumidor, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la presentación, de forma fehaciente, de la reclamación.
8. Prescripción de acciones.
No obstante lo dispuesto en el apartado precedente, el plazo de prescripción de las acciones derivadas de los derechos reconocidos en el Libro Cuarto del Real Decreto Legislativo 1/2007 será de dos años, según queda establecido en el Artículo 164 del citado libro.
9. Responsabilidad.
9.1. General.
La Agencia de Viajes Organizadora y https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/, así como otra posible agencia vendedora final del viaje combinado, y concurran conjuntamente en el contrato cualquiera que sea su clase y las relaciones que existan entre ellos, responderán frente al consumidor, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores a actuar contra dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje. Los Organizadores de viajes combinados responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
9.1.1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
9.1.2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
9.1.3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
9.1.4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que https://old.respiraocio.com/viajes-finde-curso/ o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar, así como por causa suficiente de acuerdo con lo previsto en los reglamentos de Agencias de Viajes. No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los números 9.1.2., 9.1.3. y 9.1.4. el organizador, https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/, así como otra posible agencia vendedora final del viaje combinado que sean partes en el contrato de viaje combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades. El Organizador en estos casos, adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del viaje organizado, y en el supuesto en el que el usuario no las aceptase, y optase voluntariamente por utilizar otros servicios, el Organizador no se responsabilizará de los posibles gastos que este hecho origine al cliente.
9.1.5. La responsabilidad de https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/ sobre el cumplimiento de los servicios contratados a prestatarios de servicios, es limitada como intermediario, declinando el intermediario https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/ ser responsable de las posibles consecuencias producidas por tormentas, retrasos, huelgas, cancelaciones de vuelos, deficiencias en el alojamiento y el servicio ofrecido por estos. Por ello serán responsabilidad de los proveedores y de la agencia organizadora, la prestación al viajero de los servicios contratados con https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/, no siendo https://old.respiraocio.com/viajes-finde- curso/ en ningún caso responsable, de las deficiencias producidas y limitándose a tramitar el posible reembolso que le pudiera corresponder al cliente por la no prestación de algún servicio o parte del mismo.
9.2. Límites del resarcimiento por daños.
En cuanto al límite de resarcimiento por daños que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje combinado, se estará a lo dispuesto en la normativa vigente que resulte de aplicación sobre la materia. Por lo que se refiere a los daños que no sean corporales, éstos deberán ser siempre acreditados por el consumidor.
En ningún caso el organizador se responsabiliza de los gastos de alojamiento, manutención, transportes extraordinarios fuera de programa que se originen por motivos de fuerza mayor. Cuando el viaje se efectúe en autocares “vans”, limusinas y similares contratados por la agencia Organizadora directa o indirectamente, en caso de accidente, cualquiera que sea el país donde se produzca, el consumidor habrá de presentar la pertinente reclamación contra la entidad transportista a fin de salvaguardar en su caso, la indemnización del seguro de ésta, siendo auxiliado y asesorado gratuitamente en sus gestiones por la agencia organizadora.
10. Delimitación de los servicios del viaje combinado.
10.1. Viajes en avión. Presentación en el aeropuerto.
En los viajes en avión, la presentación en el aeropuerto se efectuará con un mínimo de antelación de hora y media sobre el horario oficial de salida, y en todo caso se seguirán
estrictamente las recomendaciones específicas que indique la documentación del viaje facilitada al suscribir el contrato. En la contratación de servicios sueltos, se recomienda que el cliente reconfirme con cuarenta y ocho horas de antelación los horarios de salida de los vuelos.
10.2. Hoteles.
10.2.1. General.
La calidad y el contenido de los servicios prestados por el hotel vendrán determinada por la categoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente de su país. En algunos casos se facilitará información de la categoría de los hoteles de acuerdo a la información obtenida de los organismos de Turismo de los respectivos países y a la calificación de otras Agencias, siempre y cuando no exista una calificación oficial en el país en concreto. Dada la vigente legislación al respecto, que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo que en alguna de éstas últimas pueda habilitarse una tercera cama y cuarta cama, se estimará siempre que la utilización de la tercera y cuarta cama se hace con el conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación, y así figurará reflejada la habitación como triple o cuádruple en todos los bonos de hotel facilitados al consumidor, en el contrato y los billetes y/o documentación del viaje que se entrega simultáneamente a la firma del mismo. En caso de que en algún documento no figurase la distribución por habitaciones, dejamos constancia clara en este documento que todos los precios para viajes de fin de curso están calculados en base a habitaciones múltiples, excepto para adultos acompañantes que serán dobles y/o individuales. En algunos casos en que los estudiantes quieran ser alojados en habitación individual o doble, y esto sea posible, deberán abonar el suplemento correspondiente, pero de no ser posible podrán ser alojados en habitaciones triples y cuádruples sin derecho a reclamación alguna.
El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles está en función del primer y último servicio que el usuario vaya a utilizar. Como norma general y salvo que expresamente se pacte otra cosa en el contrato, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 14 horas del día de llegada y deberán quedar libres antes de las 12 horas del día de salida.
Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento permanente de guía y en el supuesto de que el usuario prevea su llegada al hotel o apartamento reservado en fechas u horas distintas a las reseñadas, es necesario, para evitar problemas y malas interpretaciones, comunicar con la mayor anticipación posible tal circunstancia a la Agencia Organizadora, o al hotel, albergue u otro establecimiento de alojamiento, según los casos.
Igualmente, debe consultar a la Agencia, en el momento de hacer la reserva, la posibilidad de llevar animales, pues generalmente no son admitidos en los hoteles y apartamentos.
El servicio de alojamiento del hotel se entenderá prestado siempre que la habitación haya estado disponible para el cliente en la noche correspondiente, con independencia de que, por circunstancias propias del viaje combinado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo inicialmente previsto, incluso durante la madrugada de la noche de alojamiento.
10.2.2. Otros servicios (vuelos, itinerario, circuitos en bus,…)
En los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 12.00 horas, el primer servicio del hotel, cuando esté incluido en la oferta, será la cena. Igualmente, en los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 19.00 horas, el primer servicio del hotel será el alojamiento.
Puede variarse el orden del itinerario, de las visitas o de las actividades, incluso modificarse alguna de ellas por otra de similar valor económico, sin que pueda existir motivo de reclamación por este motivo.
Se entenderá siempre como trayecto aéreo directo aquel cuyo soporte documental sea un solo cupón de vuelo, con independencia de que el vuelo realice alguna parada técnica.
En los circuitos los autocares pueden variar en sus características en función del número de participantes. Si en alguna salida programada y de venta plaza a plaza no se llega al número suficiente de viajeros, es posible que se utilice un minibús o “van” que salvo indicación expresa en contrario, no tienen los asientos reclinables. Asimismo en la descripción de cada circuito está indicado si el autocar posee o no aire acondicionado, entendiéndose que no lo tienen si nada se indica.
El transporte en los parques naturales y durante la realización de safaris fotográficos se efectúa en “van” o en vehículos Todo Terreno característicos de cada país.
En todos los casos anteriores el diseño, estructura, confort y seguridad del vehículo de transporte puede no adaptarse a las normas y estándares españoles, sino a los que son propios
del país de destino del viaje.
CIRCUITOS EN BUS La norma legal del transporte en autobús, y la contratación con las empresas de transporte, implica para los conductores y viajeros:
1. Máximo 12h de servicio con 9h máximo conduciendo, con los descansos obligatorios
2. Mínimo 12h de descanso entre que acaba un servicio un día y comienza el servicio al día siguiente. Cuando el conductor tiene que ir a por el bus, sin el grupo, para acercar el bus al hotel, el servicio empieza antes de subir al bus en el hotel. Si al finalizar el servicio el conductor deja al grupo a la puerta del hotel y tiene que ir a aparcar, el servicio acaba más
tarde de haber bajado el grupo del bus al regreso al hotel.
3. Solo un día a la semana podrán dar un servicio de 15h seguidas, con el máximo de 9h conduciendo, con 9h de descanso seguidas.
Si quieren cambiar los horarios previstos, los responsables de grupo (profesores solos, profesores con guías acompañantes, padres solos o con monitores,…) deberán coordinar con los conductores los horarios de salida y regreso, para ver si es posible cambiar la organización aceptada por el grupo y prevista entre agencia y empresa de transporte.
Si tienen cena en los hoteles, el tiempo máximo desde que salen por la mañana hasta que llegan al hotel para la cena, no excederá de 12h.
Si tienen cena en restaurante en la ciudad y quieren regresar más tarde de haber agotado las 12h, deberán trasladarse por su cuenta en transporte público o contratar un servicio extra de traslado en bus, in situ o antes de salir de viaje.
Los traslados por la mañana y por la tarde, serán a las horas necesarias para no pasar de las 12h máximo de servicio, tengan cena en la ciudad o en el hotel. Independientemente de la situación del hotel (ciudad o fuera) Así como el guía o responsable de grupo es el capitán (tour leader) del grupo, el conductor es el capitán del autobús. Es fundamental coordinarse y no tomar decisiones unilaterales.
10.2.3. Servicios Suplementarios.
Cuando los usuarios soliciten servicios suplementarios (por ejemplo habitación vista al mar, etc.) que no les puedan ser confirmados definitivamente por la Agencia Organizadora, el usuario podrá optar por desistir definitivamente del servicio suplementario solicitado o mantener su solicitud a la espera de que tales servicios puedan finalmente serle prestados.
En el supuesto de que las partes hubieran convenido el pago previo de los servicios suplementarios que finalmente no le puedan ser prestados, el importe abonado le será reembolsado por la Agencia Organizadora inmediatamente al desistimiento del servicio por parte del consumidor o al regreso del viaje, según el usuario haya optado por el desistimiento en la prestación del servicio suplementario solicitado o haya mantenido la solicitud.
10.3. Apartamentos. Al efectuar la reserva, el cliente es plena y exclusivamente responsable de hacer la declaración correcta del número de personas que han de ocupar el apartamento, sin omitir persona alguna cualesquiera que sea su edad. Se advierte que la administración de los apartamentos puede legalmente negarse a admitir la entrada de aquellas personas no declaradas, no habiendo lugar a reclamación alguna por esa causa. En algunos casos hay posibilidad de habilitar cama/s supletoria/s que deberán ser solicitadas por los clientes antes de celebrarse el contrato, y que salvo expresa mención en contrario, no estarán incluidas en el precio publicado del apartamento. En el alquiler de apartamentos, en algunas ocasiones, ha de suscribirse in situ el correspondiente contrato de arrendamiento según el modelo oficial autorizado. Este contrato debe ser firmado por el consumidor, quien abonará la correspondiente fianza o seguro de responsabilidad civil por responder a los eventuales desperfectos, si aquella es exigida.
10.4. Circuitos.
La Agencia Organizadora pone en conocimiento de los cliente que, en los circuitos especificados https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/, el servicio de alojamiento se prestará en cualquiera de los establecimientos relacionados en el mismo o en algún otro de igual categoría y zona e igualmente que el itinerario del circuito podrá ser desarrollado según alguna de las opciones descritas en https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/, el programa-oferta o presupuesto. En los casos anteriores, si el consumidor acepta dicha información previamente a la celebración del contrato, esta indefinición no supondrá modificación del mismo.
10.5. Cruceros.
10.5.1 Condiciones médico/sanitarias.
Todos los consumidores deben asegurarse de estar físicamente y medicamente capacitados para efectuar el viaje de las características que contraten, siendo de su exclusiva responsabilidad el estarlo. El consumidor que, por cualquier razón, siga tratamientos médicos o farmacológicos, debe proveerse de los mismos con carácter previo al embarque por poder no existir en el barco personal médico capacitado para tratarle ni fármacos para ello. Cualquier accidente que tenga el Consumidor en cualquiera de las escalas que se realicen a lo largo del crucero, será de exclusiva responsabilidad del mismo. Igualmente, se recomienda a los clientes que lleven ropa cómoda y calzado adecuado para la navegación.
10.5.2 Prohibiciones.
No se permiten a bordo de las embarcaciones animales ni objetos peligrosos en general ni sustancias ilícitas, armas de fuego, objetos cortantes, explosivos, botellas de oxígeno, de aire comprimido, productos inflamables, etc.; el armador se reserva denegar el embarque a cualquier consumidor que intente introducir cualquiera de estos objetos. Todos los objetos peligrosos deben ser declarados al capitán del barco.
10.5.3. Las horas de llegada y salida de las distintas escalas son meramente indicativas.
El crucero podrá variar itinerario y horarios sin previo aviso por parte de la compañía ofreciendo otra opción de similares características. Igualmente, las llegadas y salidas en las diferentes escalas se publican en el barco y son anunciadas oportunamente por la tripulación encargada de ello, siendo de exclusiva responsabilidad del cliente respetarlas. En el supuesto de que llegada la hora de salida prevista anunciada, un cliente/pasajero no embarcase, no tendrá derecho a que se reintegre cantidad alguna siendo de su cuenta todos los gastos en que incurra para volver a su destino o cualesquiera otros que pudiera incurrir.
10.6. Condiciones económicas especiales para niños.
Dada la diversidad del tratamiento aplicado a los niños, dependiendo de su edad, del proveedor de servicios y de la fecha del viaje, se recomienda consultar siempre el alcance de las condiciones especiales que existan y que en cada momento será objeto de información concreta y detalla y se recogerá en el contrato o en la documentación del viaje que se entregue en el momento de su firma. En general, en cuanto al alojamiento serán aplicables siempre que el niño comparta la habitación con dos adultos. En lo referente a estancias de menores en el extranjero se estará a la información facilitada puntualmente para cada caso y a lo que pueda constar en el contrato o en la documentación del viaje que se entregue al suscribirlo. Informamos que la compañía aérea puede requerir en el aeropuerto documento acreditativo de la edad del niño.
11. Pasaportes, visados y documentación.
Todos los usuarios, sin excepción (niños incluidos), deberán llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o DNI, según las leyes del país o países que se visitan. Será por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo requieran la obtención de pasaportes, certificados de vacunación, etc. En caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del usuario, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, la Agencia Organizadora y https://old.respiraocio.com/viajes-fin-decurso/, declinan toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del consumidor cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios. Se recuerda igualmente a todos los usuarios, y en especial a los que posean nacionalidad distinta a la española, que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de visados a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad.
Insistimos en que en caso de ser rechazado un viajero en el lugar de destino, por no llevar la documentación requerida o por no cumplir los requisitos exigibles, https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/ y la Agencia Organizadora no serán ni se harán responsables de los gastos adicionales, ni harán devolución del precio del viaje.
12. Cláusula Arbitral.
El Organizador manifiesta expresamente su renuncia a someterse a los Tribunales de Arbitraje del transporte por cualquier cuestión proveniente de la existencia de este contrato.
13. Información que la Agencia organizadora, https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/ y otra posible agencia interviniente, deben facilitar al consumidor.
Se informa al consumidor que en el momento de la celebración del contrato deberá recibir de la Agencia la información pertinente sobre la documentación específica necesaria para el viaje elegido, así como asesoramiento sobre la suscripción facultativa de un seguro que le cubra los gastos de cancelación y/o de un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento; e información de los riesgos probables implícitos al destino y viaje contratado, en cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2007. A estos efectos se recomienda, no obstante al consumidor que contacte con el Ministerio de Asuntos Exteriores cuya oficina de información proporciona recomendaciones específicas según destino a través de Internet (http: //www.mae.es) o por cualquier otro medio.
14. Otras informaciones complementarias.
14.1. Equipajes.
A todos los efectos y en cuanto al transporte terrestre se refiere, se entenderá que el equipaje y demás enseres personales del usuario los conserva consigo, cualquiera que sea la parte del vehículo en que vayan colocados, y que se transporta por cuenta y riesgo del usuario. Se recomienda a los usuarios que estén presentes en todas las manipulaciones de carga y descarga de los equipajes. En cuanto al transporte aéreo, ferroviario, marítimo o fluvial de equipaje, son de aplicación las condiciones de las compañías transportadoras, siendo el billete de pasaje el documento vinculante entre las citadas compañías y el pasajero. En el supuesto de sufrir algún daño o extravío el consumidor deberá presentar, en el acto, la oportuna reclamación a la Compañía de Transportes. La Agencia Organizadora se compromete a prestar la oportuna asistencia a los clientes que puedan verse afectados por alguna de estas circunstancias.
14.2. Las fotografías y mapas que se reproduzcan en https://old.respiraocio.com/viajes-fin-decurso/, en la oferta o presupuesto están destinados únicamente a ofrecer una mayor
información a los Sres. Clientes. En caso de que se produjera cualquier tipo de modificación en los establecimientos, ello no podrá ser considerado como publicidad engañosa por parte de la Agencia Organizadora ni de https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/
14.3. La Agencia Organizadora y https://old.respiraocio.com/viajes-fin-de-curso/no se hacen responsables de los cambios de Dirección/Management de los hoteles contenidos en la web, programa u oferta posteriores a su edición, así como de las repercusiones y/o consecuentes cambios que ello conlleve (nombre, servicios, categoría del establecimiento, cierre parcial de las instalaciones, etc..) que en cualquier caso, serán puntualmente comunicados al usuario.
14.4. PASAPORTES. Muy Importante. Algunos países exigen que el pasaporte de los viajeros tenga un plazo de validez de hasta 9 meses a partir de la fecha de estancia en estos países, independientemente de que se exija o no el visado de entrada. Es por ello que recomendamos muy encarecidamente que si su pasaporte está próximo a caducar o lo va a hacer antes del plazo de 9 meses, se provea de un nuevo pasaporte antes del inicio del viaje para evitar problemas importantes que le podrían sobrevenir durante el mismo, y de los cuales, ni de sus secuelas o consecuencias puede la Agencia Organizadora hacerse responsable. El consumidor declara conocer perfectamente las condiciones particulares y las condiciones generales y estar de acuerdo con todas ellas. El contratante ha sido advertido adecuadamente de los riesgos del viaje, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios. Le recomendamos sobre el respecto la página Web www.mae.es del Ministerio de Asuntos Exteriores.
15. En los correspondientes apartados de la web o de la oferta y/o presupuesto encontrará las condiciones especiales que hacen referencia a cada destino en concreto.
16. Vigencia.
La vigencia y fecha de edición finales aparecen en el presupuesto definitivo y contrato correspondientes.
17. Gastos Especiales de compañías de línea regular una vez emitidos los billetes.
Consultar en el apartado condiciones particulares, o el apartado condiciones especiales, o en el presupuesto, o en el contrato definitivo, los gastos especiales de compañías de línea regular una vez emitidos los billetes.